Colima, Colima.- Este martes en Sesión Ordinaria, las y los diputados de la Sexagésima Legislatura del H. Congreso del Estado aprobaron en el pleno expedir la Ley de Ingresos del Estado de Colima para el Ejercicio Fiscal 2023, que estima ingresos totales del orden de $20,555,300,000 (Veinte mil quinientos cincuenta y cinco millones trescientos mil pesos 00/100 M.N.).
Presentado en tribuna por la diputada Isamar Ramírez Rodríguez, el dictamen elaborado por la Comisión de Hacienda, Fiscalización y Cuenta Pública, mismo que entrará en vigor el día 01 de enero del año 2023, representa un incremento por la cantidad de $1,989,865,868.00 (Mil novecientos ochenta y nueve millones ochocientos sesenta y cinco mil ochocientos sesenta y ocho pesos 59/100 M.N.), y una variación nominal del 10.72 por ciento en términos reales, en comparación con la estimación que se tuvo para este ejercicio fiscal 2022.
La mencionada Ley de Ingresos considera el 8.13 por ciento de ingresos de gestión, previéndose $1,672,115,690.00 (Mil seiscientos setenta y dos millones ciento quince mil seiscientos noventa pesos 00/100 m.n.), cantidad que se considera apegada a la realidad, con base en el desempeño de la economía del estado de Colima.
El 90.93 por ciento de ingresos se prevén de origen Federal, previéndose $18,690,280,474.00 (Dieciocho mil seiscientos noventa millones doscientos ochenta mil cuatrocientos setenta y cuatro pesos 00/100 m.n.), proyecciones que se basan en el marco macroeconómico incorporado en los Criterios Generales de Política Económica para la Iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, correspondientes al Ejercicio Fiscal 2023, mismo que puede variar en función del comportamiento de la economía nacional e internacional. Cabe hacer mención que, dentro de los ingresos de origen federal, se incluye los ingresos por convenios federales, los cuales se proyectan considerando la propia estimación realizada por las dependencias y entidades paraestatales del Gobierno del Estado.
De igual manera, se estima un 0.94 por ciento de ingresos por financiamiento, previéndose en este rubro $192,903,836.00 (Ciento noventa y dos millones novecientos tres mil ochocientos treinta y seis pesos 00/100 m.n.), cuyo destino será exclusivamente para cubrir necesidades de corto plazo.
Es importante señalar que en esta Ley “se mantiene la política fiscal de no proponer nuevos gravámenes, ni incremento a las tasas. Respecto de los programas de estímulos fiscales, para el ejercicio fiscal 2023 se da continuidad a los beneficios en materia del impuesto sobre nóminas, siempre que se cumplan con las condiciones y requisitos plasmados en la propia Ley, tal como es el caso de que se trate de empresas o establecimientos que inicien operaciones en el Estado y que con ello se generen empleos directos, o también que por efectos de expansión de aquellas se genere un crecimiento en la plantilla laboral. Así mismo, se da continuidad al subsidio del 100 por ciento en el pago del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos, de acuerdo con el cumplimiento de los requisitos establecidos para ello”.
La mencionada Ley de Ingresos del Estado plantea como estrategias “aprovechar el uso de las tecnologías de la información, para acercar los servicios a los contribuyentes y reducir el tiempo que estos destinan al pago de sus contribuciones; estimular el cumplimiento voluntario y oportuno de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes, dentro del marco de legalidad; impulsar reformas legales que fortalezcan la recaudación de los ingresos; reforzar la infraestructura instalada de los Kioscos de Servicios de Gobierno y oficinas de recaudación para ampliar la atención a los contribuyentes”, así como “aplicar acciones eficientes para el control de obligaciones fiscales que reduzcan las prácticas de evasión y elusión fiscal”.
Esto, con el objetivo de contribuir a la sostenibilidad de las finanzas públicas mediante una política tributaria eficaz que promueva la eficiencia recaudatoria, la modernización de los sistemas de información y una efectiva asistencia al contribuyente.